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viernes, 8 de enero de 2010

EL SACRAMENTO DEL ORDEN COMO EXPRESION SACRAMENTAL DEL PRINCIPIO DE TRADICIÒN


1. La Constitucion Sacramentum ordinis de Pio XII (30 de Noviembre de 1947).
Esta constitución se ocupa de una cuestión más bien extrínseca del sacramento del orden: estudia los elementos esenciales de la administración sacramental y se pone al servicio de la necesidad de disposiciones seguras, dando claridad y certeza tanto al que administra como al que recibe el sacramento.
El documento se da un decisivo paso, afirmando que el genuino signo sacramental de la ordenación sacerdotal es la imposición de las manos y ningún otro. En este texto, la Iglesia católica se distancia de su vinculación a normas jurídicas germanas, cuya máxima expresión se encuentra en el decreto para los ármennos del concilio de Florencia en 1439, se declara que el acto central de la administración del sacramento era la entrega del cáliz con vino y de la patena con pan. El autor reconoce que había en dicho concilio, un encubrimiento de lo originario y, en consecuencia, procede a eliminarlo. El texto expresa una grande importancia para el sacramento del orden porque el gesto de la imposición de las manos conduce a otro contexto de la tradición distinto del de a entrega de los instrumentos, por otra parte, con ello ofrece una interpretación más universal que aquella que surge en esquema germánico.
El texto del 1439 establece literalmente que la fórmula sacramental esencial es la formula trinitaria. De forma diversa lo expresa el texto de 1947 que, siguiendo la tradición paleocristiana, sostiene que la autentica fórmula sacramental es el prefacio de la misa, que contiene al mismo tiempo, rasgos propios de una epíclesis. Podemos comprobar que el texto de Pio XII aparece de nuevo y con más fuerza y en primer plano, la consagración episcopal como plenitud del sacramento del orden, mientras que el concilio de Florencia mencionaba el obispo solo como dispensador ordinario de la ordenación sacerdotal; en este punto, el paso decisivo se dio solo en el concilio Vaticano II.
En resumen podemos decir que, mientras que en la edad media se había configurado la ordenación en el momento de una potestas, Pio XII regresa a una forma pneumatológica de la antigua Iglesia, que en la imposición de manos y en la consagración es expresión de la oración de la Iglesia de Jesucristo.
2. La contribución del vaticano II
El concilio Vaticano II desarrolló en una dirección teológica los planteamientos que en Pio XII figuran en un segundo plano, en una concepción que parece más ritual. Los puntos centrales se encuentran en la Constitución dogmática sobre la Iglesia, que más tarde fue ampliada en el decreto sobre el ministerio y la vida de los sacerdotes. Las líneas en que se rige el pensamiento del Concilio son, básicamente dos:
- La orientación al ministerio episcopal como forma básica del sacramento de la ordenación sacerdotal.
- La conexión con la idea de la sucesión apostólica y la orientación al concepto de tradición, que se desprende de la anterior.

a) Presbiterado y episcopado
En la Iglesia antigua se había considerado básicamente el sacramento de la ordenación desde la óptica del ministerio episcopal; pero en la edad media se produjo un deslizamiento hacia el presbiterado cuyas raíces deben buscarse en San Jerónimo (s.V). Este santo defiende una especie de tendencia presbiteriana, que luego fue recogida y reelaborada en los "Statuta ecclesiae antiquae", texto originario en las Gálias, en el siglo V. Se tuvo la distinción de la potestad entre el "Corpus Christi verum" y el "Corpus Christi mysticum", a la que respondía asimismo la distinción entre "sacramentum" y "iurisdictio". El poder de transformar el pan y el vino en el "Corpus Christi verum" era considerado como un poder estrictamente sacramental. El poder del Corpus Verum se otorgaba plenamente en la consagración sacerdotal; además de ese poder, lo que recibía el obispo era la potestad sobre el Corpus Vysticum, es decir, un poder jurídico y no sacramental. Con todo esto se entra en juego a la conexión con el concepto de tradición, para luego desembocar en una construcción episcopal del sacramento, derivando dos importantes consecuencias: la catolicidad y la apostolicidad sacerdotal. ¿Por qué motivo? Primeramente porque el sacramento del orden se realiza primariamente en el obispo, pero se llega a este grado del sacerdocio mediante la consagración de otros obispos, en los que ya está bien establecida la conexión existente entre la tradición y la sucesión apostólica; no es obispo a nivel aislado: ser obispo significa entrar en la comunidad apostólica en la trama básica de la "successio".
De esta manera, el sacramento del orden es expresión y al mismo tiempo garantía de hallarse en comunidad con otros dentro de la corriente de la tradición que se remonta hasta los orígenes, encarnando la unidad y el origen mismo de la Iglesia.
b) La sucesión apostólica
Primeramente, cabe notar que la sucesión apostólica no es una potestad puramente formal, sino participación en la misión a favor del evangelio, por eso permanecen estrechamente vinculados en la antigua iglesia los conceptos de sucesión y de tradición.
Respecto a la "successio", su estructura es expresión de la vinculación a la tradición y de la mentalidad “tradicional” de la iglesia católica. “Aquí no existe, hasta donde alcanzan mis conocimientos, una diferencia esencial entre las iglesias de oriente y de occidente. El rito pneumatológico de la imposición de manos y la oración alude, a una con los signos visibles de la imposición de manos a la secuencia ininterrumpida de la tradición eclesial como lugar del espíritu”.
Por otra parte, como hemos aludido en el párrafo precedente, la estrecha relación que existe entre la cristología y la pneumatología, nos lleva a comprender una relación con la encarnación del verbo, es decir, el verbo que se encarna, lo entendemos solamente luego del descenso del espíritu santo sobre María, de modo que, no existe separación entre el Espíritu (pneuma) y la Cristología, de aquí el hecho de afirmar que es imposible imaginar una “Iglesia de Cristo” que no estuviera vinculada a su encarnación y a toda su actuación a lo largo de la historia.
El movimiento anglicano que se impuso en el siglo XIX en algunos sectores del protestantismo no fue capaz en toda su amplitud este concepto católico del sacramento de la ordenación y el sentido de la imposición de manos; más bien, contribuyó a oscurecer aún más su significado. Este movimiento se apoyaba sin duda en una especie de nostalgia sacramental en el sentido de que el ministerio del Espíritu en la iglesia no podía regularse al dictado de lo que exigieran las normas organizativas, sino que debía ser de tipo espiritual, es decir, sacramental. A esto se añadía el deseo de juna relación con los orígenes, sentimiento de insuficiencia que embargaba a las comunidades que, en cuanto tales, no se remontaban a la época primitiva, y la necesidad de plasmar de forma visible de permanencia a la iglesia de todos los tiempo.
La teología católica pone toda su insistencia en la identidad ininterrumpida de la tradición de los apóstoles conservada y transmitida sin fisuras en la unidad de la iglesia concreta que se expresa en el gesto eclesial de la imposición de manos. No hay por tanto, separación posible entre el aspecto material y formal, sino que su unidad interna es signo de la unidad de la iglesia misma: la imposición de manos tiene lugar en la iglesia y vive de la iglesia, de modo que sin esta, se reduce a nada: una imposición de manos que no sea al mismo tiempo entrada en el conjunto de la vida y de la tradición de la iglesia no es una imposición de manos eclesial.
El sacramento, no es un camino privado hacia los orígenes, así pues, la cuestión que aquí se plantea entre la Iglesia Católica y las comunidades reformadas, afecta no solo al problema del sacramento y de la sacramentalidad sino, más profundamente al problema de la Sagrada Escritura y de la Tadición. En efecto, el sacramento de la imposición de las manos es al mismo tiempo, en cuanto sacramento eclesial, expresión de que la estructura de la iglesia tiene su fundamento en la tradición, vincula al mismo tiempo, la apostolicidad y la tradición de acuerdo con la unidad de Cristo y del Pneuma, una unidad que se expresa íntimamente y se realiza en la comunidad eucarística.
3. El Concilio de Trento
La Doctrina del sacramentum ordinis, es un texto polémico que debe ser leído en el contexto global de los decretos de reforma tridentina para que pueda percibirse claramente la orientación general del Concilio. Si esta doctrina se le añaden estos decretos, se hace patente que los padres conciliares atacan algunos puntos débiles fundamentales del sistema medieval. Resalta la obligación de residencia del obispo, es decir, su vinculación a la Iglesia local que preside. Esta insistencia en la obligación de residencia es tan sólo la expresión jurídica de que al obispo se le contempla como pastor de almas, por otra parte, es responsable de los sacramentos y responsable de la predicación.
Puede afirmarse que en los decretos de reforma (de Trento), la episcopalidad del sacramento del orden y la comunión del presbiterio con el obispo han pasado a ser el elemento central de esta nueva visión del orden, de donde se sigue espontáneamente la concepción pastoral del ministerio sacerdotal.
La doctrina se centra en una cuestión nuclear de la disputa entre el catolicismo y la reforma, la conexión entre sacerdotium y sacrificium; es de mucha importancia saber que en la conexión de sacerdocio y sacrificio, Lutero veía una negación de la gracia y un retroceso a la ley. Y como consideraba que esta vin¬culación había sido la razón de que la Iglesia católica designara al ordo como sacramento, debía obligatoriamente, rechazar esta sacramentalidad que, según su criterio, se fundamentaba en un error esencial, destructor. Esta posición, cuya apasionada voluntad de pureza del cristia¬nismo se inserta en el centro mismo del impulso reformista luterano, tuvo graves consecuencias que afectan al entramado total de la Iglesia de la tradición.

David A. Pineda Escobar



1 comentario:

Anónimo dijo...

Que bonitos temas. Muy interesantes, que Dios te bendiga.